17/2/2024
La junta gestora de la RFEF asume que no puede convocar elecciones
Y pide ayuda al CSD
Iusport Noticia publicada hace 2 meses
La junta gestora de la RFEF asume ahora que hay un "vacío legal" respecto a quién puede convocar las elecciones ordinarias en la Real Federación Española de Fútbol.
La RFEF entiende que, según el Código Civil, debe llevarse a cabo una aplicación analógica de las normas cuando éstas tengan un supuesto semejante. Así se lo ha hecho saber al CSD en una carta ante el temor de que el organismo le rechace un reglamento que faculta en su artículo 4 a la gestora sin cobertura legal.
Dice el art. 11.1 de la Orden EFD/42/2024, de 25 de enero, por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas que "la convocatoria de elecciones corresponde realizarla a la persona que ostenta la presidencia de la federación o a la junta directiva, según dispongan los respectivos estatutos".
La junta gestora no está, pues, capacitada para ello y resulta que, a diferencia de la orden de 2015, la nueva de 2024 no contiene ninguna disposición que faculte al CSD para autorizar excepciones al régimen general.
Por consiguiente, el presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Rodríguez Uribes, con la nueva orden, no podría autorizar a la junta gestora de Pedro Rocha a convocar elecciones ordinarias cuatrienales.
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